Micelio
Auto26 de enero de 2023

A- de 2023

Ponente Natalia Ángel Cabo

Demandante Administradora Colombiana De Pensiones Colpensiones·Demandado Vizcaino Carrillo Jose Vicente

Tema · dato duro
Acción De Lesividad Promovida Por Entidad Pública Contra Acto Administrativo Mediante El Cual Concedió Prestación Pensional
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Acción de nulidad y restablecimiento del derecho de un acto administrativo propio
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Noveno Laboral del Circuito de Barranquilla y la Sección C del Tribunal Administrativo del Atlántico.

La controversia entre los precitados despachos se originó por la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho que presentó Colpensiones en contra de la resolución mediante la cual la entidad reconoció una pensión de vejez en favor de uno de sus afiliados.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un verdadero conflicto de jurisdicciones, la Corte reiteró la regla de decisión del Auto 316/21 mediante el cual se estableció que, cuando una institución pública de seguridad social o un fondo de naturaleza pública a cargo del reconocimiento o el pago de las pensiones presente una acción de nulidad y restablecimiento del derecho contra un acto propio, el conocimiento del asunto le corresponde a la jurisdicción de lo contencioso administrativo.

Con base en lo anterior se ordenó el envío del expediente al Tribunal Administrativo del Atlántico para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al otro operador jurídico involucrado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 9º Laboral del Circuito de Barranquilla y el Tribunal Administrativo del Atlántico, y DECLARAR que la jurisdicción de lo contencioso administrativo es la competente para conocer de la demanda presentada por Administradora Colombiana de Pensiones en contra de la Resolución DIR 20396 del 22 de noviembre de 2018.
  2. Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-2239 al Tribunal Administrativo del Atlántico para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado 9º Laboral del Circuito de Barranquilla.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.